Artículo 88

Para determinar la información adicional que publicarán todos los Sujetos Obligados de manera obligatoria, el Instituto deberá: 114 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.

II – Revisar el listado que remitió el Sujeto Obligado con base en las funciones, atribuciones y competencias que la normatividad aplicable le otorgue (a) : 2017